 |
Impuesto a los sellos: 2.5% en la Ciudad de Buenos Aires (Capital Federal) y 4% en los suburbios de Buenos Aires. Si la propiedad es para uso residencial, está valuada por debajo de los ARS 360,000, y es la primera propiedad que adquiere el cliente, se encontrará exento del impuesto a los sellos. Si fuera valuado por sobre los ARS 360,000, el impuesto a los sellos deberá pagarse solo sobre la diferencia (el precio de compra menos ARS 360,000). El impuesto a los sellos generalmente se paga a medias 50:50 entre el comprador y el vendedor, pero esto deberá aclarase al momento de realizar la oferta. |